Peticiones Familiares

Hay varias maneras en que los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar a sus hijos que no son ciudadanos de EE.UU. para que viajen al país y obtengan la residencia permanente legal (una Tarjeta Verde). ¿Quiere saber más sobre el proceso? Siga leyendo…

Ciudadano estadounidense que solicita a un hijo 

Solicitar una Tarjeta Verde para un hijo que no es ciudadano estadounidense (o un hijastro, si el ciudadano estadounidense ha estado casado con uno de los padres biológicos del menor desde antes de que este cumpliera 18 años) es posible sin importar la edad del hijo. Sin embargo, debe tener en cuenta que la duración de este proceso varía de manera significativa dependiendo de si dicho hijo es menor de 21 años y soltero (considerado menor de edad) o mayor de 21 años y/o casado.

Nota 1: Si es ciudadano estadounidense y tiene un hijo nacido fuera de EE. UU., es posible que pueda reclamar la ciudadanía a través de un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero. No dude en consultarnos acerca de esta opción.

Nota 2: Si usted es el padre (ciudadano de EE. UU.) de un menor no ciudadano y no está casado con la madre del niño, deberá presentar pruebas adicionales de la paternidad y de su relación continua con el menor.

Hijos no ciudadanos de EE.UU., menores de 21 años (y solteros)

Comencemos con los hijos menores de 21 años que no son ciudadanos estadounidenses y que no están casados. Este tipo de solicitudes suelen ser las más sencillas.

El primer paso del proceso de solicitud de residencia (Tarjeta Verde) es que el padre ciudadano estadounidense presente una Petición Familiar en nombre de su hijo y pague la tarifa de presentación correspondiente. El propósito de esta petición es establecer que el padre patrocinador (ciudadano estadounidense) es efectivamente el padre biológico del beneficiario propuesto (hijo no ciudadano estadounidense).

Los siguientes pasos del proceso variarán según si el hijo extranjero (menor de 21 años y soltero) solicita su Tarjeta Verde desde el extranjero —a través de un proceso consular con el Centro Nacional de Visas (ver sección Solicitudes del Centro Nacional de Visas para hijos no ciudadanos de EE. UU., menores de 21 años y solteros)— o desde dentro de Estados Unidos, mediante un ajuste de estatus (siga leyendo).

Ajuste de estatus para hijos no ciudadanos de EE.UU. (menores de 21 y solteros)

Si su hijo decide solicitar una Tarjeta Verde desde dentro de EE. UU., presentaremos una Solicitud de Residencia Permanente junto con la Petición Familiar mencionada anteriormente. Esta solicitud establece la nacionalidad y el estado de salud de su hijo, confirma que ingresó legalmente a Estados Unidos y demuestra que puede contar con el apoyo financiero de un ciudadano estadounidense.

Unas semanas después de presentar esta solicitud conjunta, USCIS enviará un recibo para confirmar que está en proceso. Este recibo permite a su hijo extranjero permanecer legalmente en EE. UU. hasta que se tome una decisión oficial sobre su caso.

Unos meses después de la presentación, su hijo recibirá un permiso de trabajo (Documento de Autorización de Empleo), un permiso de viaje (libertad condicional anticipada) y un Número de Seguro Social (SSN), que le permitirán trabajar en EE. UU. y viajar libremente dentro y fuera del país. Alternativamente, USCIS podría emitir una Solicitud de Evidencia si, por algún motivo, requiere más documentación para continuar con el trámite.

Más adelante, recibirá un aviso de cita para asistir a una entrevista de residencia (Tarjeta Verde) en su oficina local de USCIS, o bien se le eximirá de la entrevista y la Tarjeta Verde será enviada directamente por correo.

Nota: Si se requiere entrevista, nos aseguraremos de que su hijo se sienta completamente cómodo y preparado. Nuestros abogados proporcionarán una copia de su expediente y todos los documentos necesarios. Además, realizaremos una entrevista de práctica para preparar al solicitante. Si lo desea, un abogado puede acompañarlo el día de la cita. En caso de necesitar un intérprete, Azadi Law cuenta con profesionales internos calificados que brindan este servicio para hispanohablantes.

Tras una entrevista exitosa (o una aprobación sin entrevista), su hijo recibirá por correo una Tarjeta Verde de residencia permanente, válida por 10 años. Para más detalles, consulte la sección Ciudadanía futura.

Solicitudes del Centro Nacional de Visas para hijos no ciudadanos de EE.UU. (menores de 21 años y solteros)

Si su hijo no ciudadano decide residir en el extranjero durante el proceso de solicitud de su Tarjeta Verde, una vez finalizado el procesamiento inicial y aprobada la Petición Familiar mencionada anteriormente, su caso será transferido al Centro Nacional de Visas (NVC).

En ese momento, se le pedirá presentar documentación adicional para comprobar su nacionalidad, demostrar que cuenta con apoyo financiero en EE. UU. y detallar sus antecedentes penales, si los hubiera.

Al recibir esta documentación, el NVC evaluará si su hijo extranjero es elegible para avanzar a la siguiente etapa del proceso: una entrevista obligatoria en la embajada o consulado de Estados Unidos en su país de origen. A partir de entonces, la embajada o consulado se hará cargo del caso, y pueden transcurrir varios meses antes de que se le asigne una cita para la entrevista.

En Azadi Law, nos aseguramos de que cada solicitante se sienta completamente cómodo y preparado para su entrevista. Nuestros abogados entregarán una copia de su expediente, una lista de todos los documentos necesarios para la cita y repasarán ejemplos de preguntas para garantizar que llegue bien preparado.

Tras una entrevista exitosa, su hijo extranjero recibirá un sello de visa de residente en su pasaporte, que le permitirá ingresar a EE. UU. Después de pagar en línea la tasa de inmigración de USCIS (USD $220) para la emisión de la Tarjeta Verde física —un proceso en el que nuestros abogados lo guiarán—, esta será enviada por correo a su dirección en EE. UU. o a nuestra oficina, según lo más conveniente. Generalmente, la tarjeta llega en un plazo de 2 a 3 semanas posteriores a su ingreso al país.

Alternativamente, después de una solicitud procesada por el NVC, su hijo podría ser elegible para obtener la ciudadanía automática al ingresar a EE. UU., de acuerdo con la Ley de Ciudadanía Infantil de 2000. Comuníquese con nuestra oficina para más información sobre esta opción.

Ciudadanía Futura

Después de una solicitud exitosa de Tarjeta Verde para un hijo extranjero (menor de 21 años y soltero), dicho menor generalmente será elegible para iniciar el proceso de naturalización como ciudadano estadounidense cuatro años y nueve meses después de la fecha en que se emitió su Tarjeta Verde inicial de 10 años, siempre que tenga al menos 18 años de edad en ese momento y cumpla con todos los requisitos correspondientes.

Hijos no ciudadanos de EE.UU. mayores de 21 años (y/o casados)

Obtener una Tarjeta Verde para un hijo extranjero mayor de 21 años y/o casado (para que pueda mudarse a Estados Unidos y residir allí de forma permanente) es totalmente posible, aunque suele ser un proceso largo. Esto se debe a que los servicios de inmigración de EE. UU. generalmente otorgan menor prioridad a este tipo de solicitudes.

Sin embargo, este proceso tiene un beneficio importante: un hijo extranjero casado puede incluir a su cónyuge e hijos menores en la solicitud, lo que les permite a todos obtener una Tarjeta Verde.

El tiempo exacto que tardará una solicitud de este tipo depende de:

  • Si el hijo mayor de 21 años está casado (el proceso será más largo) o soltero (el proceso será más corto).

  • Si las solicitudes de residencia en la categoría de su hijo están “vigentes” o no, de acuerdo con el boletín de visas que publica mensualmente el Departamento de Estado.

Actualmente, los tiempos de espera son de aproximadamente 9 años para hijos solteros mayores de 21 años y 14 años para hijos casados mayores de 21 años.

Si desea iniciar el proceso, el primer paso es bastante sencillo: presentar una Petición Familiar y pagar la tarifa correspondiente. Esta parte del proceso se puede realizar en cualquier momento (no depende del boletín de visas). El propósito de la petición es establecer que usted, el patrocinador (ciudadano estadounidense), es el padre biológico del beneficiario propuesto (su hijo extranjero).

Después de esto, su hijo recibirá un aviso de recibo de USCIS que incluirá una fecha de prioridad (normalmente, la fecha en que USCIS recibió la Petición Familiar). Solo cuando el Departamento de Estado anuncie que las solicitudes con esa fecha de prioridad están “vigentes”, será posible avanzar al siguiente paso del proceso.

NB: Los tiempos de espera para el procesamiento y aprobación de las Peticiones Familiares varían considerablemente entre los diferentes centros de tramitación, y pueden ir desde 2,5 años hasta 10 años.

Cómo saber cuando la solicitud de su hijo no ciudadano de EE.UU. (mayor de 21 años y/o casado) este "vigente"

Hoy en día, el Departamento de Estado suele notificar a los solicitantes utilizando los datos de contacto proporcionados en su solicitud inicial. Sin embargo, si esa información ha cambiado, el aviso puede pasar desapercibido. Esta es una de las muchas razones por las que resulta esencial contar con un abogado que lo guíe en este proceso; nuestro equipo legal se mantiene actualizado con todas las novedades del boletín de visas y le informará sobre cualquier cambio relevante, para que no “pierda el tren”.

Los solicitantes tienen hasta 1 año para presentar la siguiente parte de su solicitud de residencia una vez que esta se vuelve “vigente”. Si no lo hacen dentro de este plazo, su caso se cerrará automáticamente.

Una vez que la solicitud de su hijo no ciudadano (mayor de 21 años y/o casado) se vuelve “vigente”, los siguientes pasos dependerán de si solicitará la Tarjeta Verde desde el extranjero —a través de un proceso consular en el Centro Nacional de Visas— o desde dentro de Estados Unidos, mediante un ajuste de estatus.

La gran mayoría de estas solicitudes se procesan desde el extranjero. Esto se debe a que, si se opta por un ajuste de estatus, el solicitante debe mantener un estatus legal en Estados Unidos durante todo el proceso, el cual suele ser prolongado. Si en cualquier momento la persona queda en situación irregular (por ejemplo, al exceder el tiempo autorizado de una visa de turista), dejará de ser elegible para la Tarjeta Verde, salvo en circunstancias muy excepcionales. Debido a lo estricto de este requisito, la mayoría de solicitantes opta por realizar el trámite desde el extranjero.

Procesos Consulares para hijos no ciudadanos de EE.UU. mayores de 21 años y/o casados (desde el extranjero)

Si su hijo no ciudadano de EE. UU. (mayor de 21 años y/o casado) decide solicitar una Tarjeta Verde desde el extranjero, una vez aprobada la Petición Familiar mencionada anteriormente y cuando su solicitud se vuelva “vigente”, su caso será transferido al Centro Nacional de Visas (NVC). En ese momento, se le pedirá que presente documentación adicional para acreditar su nacionalidad, demostrar que cuenta con apoyo financiero en EE. UU. y detallar sus antecedentes penales, si los hubiera.

Al recibir esta documentación, el NVC evaluará si su hijo no ciudadano es elegible para pasar a la siguiente etapa del proceso: una entrevista obligatoria en la embajada o consulado de Estados Unidos en su país de origen. La embajada o consulado se hará cargo del caso a partir de entonces, y pueden transcurrir varios meses antes de que se le asigne una cita para la entrevista.

Nota: En Azadi Law, nos aseguramos de que todos nuestros clientes se sientan completamente seguros y preparados para su entrevista. El abogado le proporcionará una copia de su expediente y una lista de los documentos necesarios para llevar a la cita. Además, repasará con usted ejemplos de preguntas para garantizar que llegue bien preparado a la entrevista real.

Tras una entrevista exitosa, su hijo no ciudadano (mayor de 21 años y/o casado) recibirá un sello de visa de residente en su pasaporte, lo que le permitirá ingresar a Estados Unidos. Posteriormente, deberá pagar en línea la tasa de inmigración exigida por USCIS (220 USD) para la emisión de la Tarjeta Verde física. Nuestros abogados lo guiarán en este proceso.

La Tarjeta Verde se enviará por correo a su dirección en EE. UU. o a nuestra oficina, según lo que resulte más conveniente. Por lo general, esta llega dentro de las 2 a 3 semanas posteriores a su llegada a EE.UU.

Ajuste de estatus para hijos no ciudadanos de EE.UU. mayores de 21 años y/o casados (desde dentro de los EE. UU.)

Si su hijo no ciudadano de EE. UU., mayor de 21 años y/o casado, desea solicitar una Tarjeta Verde desde dentro del país, deberá mantener un estatus migratorio legal durante todo el proceso. Si en algún momento queda en situación irregular, perderá la elegibilidad, salvo en circunstancias excepcionales (comuníquese con nuestra oficina para obtener más información).

Dicho esto, el proceso de ajuste de estatus funciona de la siguiente manera: una vez aprobada la Petición Familiar mencionada anteriormente y cuando la solicitud de su hijo (mayor de 21 años y/o casado) se vuelva “vigente”, se debe presentar una Solicitud de Residencia Permanente. Esta establece la nacionalidad y el estado de salud del solicitante, confirma que ingresó legalmente a Estados Unidos y demuestra que contará con el apoyo financiero de un ciudadano estadounidense.

Unas semanas después de presentar esta solicitud, USCIS enviará un recibo confirmando que está en trámite. Este recibo permite que el solicitante (y cualquier dependiente relevante) permanezca legalmente en el país hasta que se tome una decisión oficial sobre el caso.

Unos meses más tarde, el/los solicitante(s) recibirá(n):

  • un permiso de trabajo (Documento de Autorización de Empleo),

  • un permiso de viaje (libertad condicional anticipada), y

  • un Número de Seguro Social (SSN),

que le(s) permitirán trabajar y viajar libremente dentro y fuera de Estados Unidos. Alternativamente, USCIS podría emitir una Solicitud de Evidencia si, por algún motivo, requiere más documentación para continuar con el caso.

Meses después, los solicitantes normalmente recibirán un aviso de cita para asistir a una entrevista de residencia en su oficina local de USCIS. Tras una entrevista exitosa, recibirán por correo una Tarjeta Verde de residencia permanente, válida por 10 años.

Ciudadanía Futura

Después de una solicitud de Tarjeta Verde exitosa para un hijo que no es ciudadano estadounidense (mayor de 21 años y/o casado), dicho hijo (y cualquier dependiente relevante) generalmente será elegible para iniciar el proceso de naturalización como ciudadano estadounidense cuatro años y nueve meses después de la fecha en que se emitió su Tarjeta Verde inicial de 10 años, siempre que cumpla con los criterios necesarios y tenga más de 18 años en ese momento.

Hay varias maneras en que los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar a sus hermanos que no son ciudadanos de Estados Unidos para que vengan al país y obtengan la residencia permanente legal (una tarjeta verde).

Ciudadano estadounidense que solicita a un hermano

Obtener una tarjeta verde para su(s) hermano(s) no estadounidenses (junto con su cónyuge e hijos menores de 21 años) es totalmente posible, aunque suele ser un proceso largo. Esto se debe a que los servicios de inmigración de EE. UU. otorgan muy poca prioridad a las solicitudes de residencia para hermanos.

El tiempo exacto que demorará una solicitud dependerá de si las solicitudes de residencia (tarjeta verde) para la nacionalidad de su hermano están vigentes o no. Esta información se publica en el boletín de visas que emite mensualmente el Departamento de Estado. Actualmente, los tiempos de espera son de aproximadamente 15 años.

Si desea iniciar el proceso de todos modos, el primer paso es bastante sencillo: presentar una Petición Familiar y pagar la tarifa correspondiente. Esta parte del proceso se puede realizar en cualquier momento y no depende del boletín de visas. El propósito de esta petición es establecer que usted, como hermano patrocinador (ciudadano de EE. UU.), es efectivamente el hermano biológico del beneficiario propuesto (su hermano extranjero).

Después de esto, su hermano extranjero recibirá un aviso de recibo de USCIS con una fecha de prioridad (generalmente la fecha en que USCIS recibió la Petición Familiar). Solo cuando el Departamento de Estado anuncie que las solicitudes con esa fecha de prioridad se han vuelto vigentes, se podrá pasar al siguiente paso del proceso.

NB: Los tiempos de espera para el procesamiento y aprobación de las Peticiones Familiares varían considerablemente según el centro de tramitación, y pueden oscilar entre 2,5 y 10 años.

Cómo saber cuándo la solicitud de su hermano extranjero está vigente "(Actual)"

Hoy en día, el Departamento de Estado suele notificar a los solicitantes utilizando los datos de contacto proporcionados en su solicitud inicial. Sin embargo, si esos datos han cambiado, el aviso puede pasar desapercibido. Esta es una de las muchas razones por las que resulta esencial contratar a un abogado que lo guíe en este proceso; nuestro equipo legal se mantiene al tanto de todas las novedades del boletín de visas y le informará sobre cualquier actualización relevante, para que no “pierda el tren”.

Los solicitantes tienen hasta 1 año para presentar la siguiente parte de su solicitud de residencia una vez que esta se vuelve vigente. Si no lo hacen dentro de este plazo, su caso se cerrará automáticamente.

Una vez que la solicitud de su hermano extranjero se vuelve vigente, los siguientes pasos dependerán de si solicita la residencia desde el extranjero (a través de un proceso consular con el Centro Nacional de Visas) o desde dentro de Estados Unidos (mediante un ajuste de estatus).

La gran mayoría de las solicitudes para hermanos se procesan desde el extranjero, principalmente porque, si se opta por un ajuste de estatus, el solicitante debe mantener un estatus legal en Estados Unidos durante todo el trámite, que suele ser largo. Si en cualquier momento su hermano extranjero se encuentra en situación irregular en EE. UU. (incluido el caso de permanecer más tiempo del autorizado con una visa de turista), dejará de ser elegible para una tarjeta verde.

Solicitudes con el Centro Nacional de Visas para hermanos extranjeros

Si su hermano extranjero decide solicitar su Tarjeta Verde desde el extranjero, una vez que se apruebe la Petición Familiar y su solicitud esté vigente, su caso será transferido al Centro Nacional de Visas (NVC).

En ese momento, se le pedirá presentar documentación adicional para comprobar su nacionalidad, demostrar que cuenta con apoyo financiero en Estados Unidos y detallar sus antecedentes penales, si los hubiera.

Al recibir estos documentos, el NVC determinará si su hermano extranjero es elegible para pasar a la siguiente etapa del proceso: una entrevista obligatoria en la embajada o consulado de Estados Unidos en su país de origen. A partir de ese momento, la embajada o consulado se hará cargo del caso, y pueden transcurrir varios meses antes de que se le asigne una cita para la entrevista.

Nota para los hermanos: en Azadi Law nos aseguramos de que todos los solicitantes se sientan completamente seguros y preparados para su entrevista de Green Card. Su abogado le enviará una copia de su expediente, le proporcionará una lista con todos los documentos necesarios que debe llevar y revisará ejemplos de preguntas de la entrevista para que llegue listo a la cita real.

Tras una entrevista exitosa, su hermano extranjero recibirá un sello de visa de residente en su pasaporte, que le permitirá ingresar a Estados Unidos. Posteriormente, deberá pagar en línea la tasa de inmigración de USCIS (220 USD) para la emisión de la Tarjeta Verde física. Nuestros abogados lo guiarán en este proceso.

La tarjeta será enviada por correo a su dirección en Estados Unidos o a nuestra oficina, según lo que resulte más conveniente para usted. Generalmente llega dentro de las 2 a 3 semanas posteriores a su ingreso a EE.UU.

Ajuste de estatus para hermanos extranjeros (desde dentro de los EE. UU.)

Si su hermano extranjero decide solicitar su residencia desde EE.UU., como se mencionó anteriormente, es requisito que mantenga el estatus de inmigrante legal durante todo el proceso. Este requisito no es fácil de cumplir, ya que los trámites pueden demorar hasta 15 años o más. Si en algún momento pierde su estatus legal, dejará de ser elegible para obtener una Tarjeta Verde.

Dicho esto, una vez aprobada la Petición Familiar mencionada y cuando la solicitud de su hermano extranjero esté vigente, será necesario presentar una Solicitud de Residencia Permanente. Esta solicitud establece la nacionalidad y el estado de salud de su hermano, confirma que ingresó legalmente a EE.UU. y demuestra que cuenta con el apoyo financiero de un ciudadano estadounidense.

Unas semanas después de presentar la solicitud, USCIS enviará un recibo para confirmar que está en proceso. Este recibo permite que su hermano extranjero permanezca legalmente en el país hasta que se tome una decisión oficial sobre su caso.

Unos meses más tarde, recibirá un permiso de trabajo (documento de autorización de empleo), un permiso de viaje (libertad condicional anticipada) y un número de seguro social (SSN), que le permitirán trabajar en EE.UU. y viajar libremente dentro y fuera del país. Alternativamente, USCIS podría enviar una Solicitud de Evidencia si, por alguna razón, se requiere más documentación para procesar el caso.

Meses después, lo más probable es que su hermano extranjero reciba un aviso de cita para asistir a una entrevista de residencia en su oficina local de USCIS. Tras una entrevista exitosa, recibirá por correo una Tarjeta Verde de residencia permanente, válida por 10 años.

Ciudadanía Futura

Luego de una Petición Familiar exitosa para un hermano extranjero, dicho hermano generalmente será elegible para iniciar el proceso de naturalización como ciudadano estadounidense cuatro años y nueve meses después de la fecha en que se emitió su Tarjeta Verde inicial de 10 años, siempre que cumpla con los criterios necesarios.

Para los inmigrantes que se casan con un ciudadano estadounidense o con un residente permanente legal (titular de la Tarjeta Verde), existen varias vías y procesos para obtener la residencia permanente en los Estados Unidos.

Esto resulta muy beneficioso, ya que los residentes permanentes legales tienen la libertad de vivir y trabajar en cualquier parte del país y, eventualmente, podrán solicitar la ciudadanía estadounidense (generalmente después de un período de tres años, siempre que continúen casados).

A continuación, hablaremos con más detalle de los siguientes procesos:

  • Ajuste de estatus (desde dentro de Estados Unidos) o procesamiento consular (desde fuera de Estados Unidos), una vez casado con un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal (categoría F2A).

  • Eliminación de condiciones (conversión de una Tarjeta Verde de 2 años en una Tarjeta Verde de 10 años).

  • Ciudadanía futura.

  • Impacto del divorcio en su estatus de residencia.

¿Es usted elegible para la residencia a través del matrimonio y quiere saber más? Siga leyendo...

Ajuste de estatus

Si actualmente se encuentra en EE.UU., ingresó legalmente en su última entrada (ya sea con una visa o una exención) y está legalmente casado con un ciudadano o residente permanente estadounidense, puede solicitar un ajuste de estatus para convertirse en residente permanente legal (titular de la Tarjeta Verde). En general, recomendamos no hacerlo durante los primeros 90 días de estadía en el país, ya que los servicios de inmigración pueden considerarlo desfavorablemente; se podría asumir que ingresó con la intención de solicitar la residencia en lugar de cumplir con los términos de su visa o exención.

Una solicitud de ajuste de estatus implica la presentación de dos formularios principales, enviados por su cónyuge (ciudadano estadounidense o residente permanente) al USCIS. Ambos formularios tienen una tarifa de presentación fija.

El primero es el formulario I-130 (Petición para un familiar extranjero). Su objetivo es establecer que:

a) El cónyuge solicitante es ciudadano o residente permanente estadounidense (con documentos de apoyo como acta de nacimiento, tarjeta verde o pasaporte válido).
b) El matrimonio es legalmente válido (con acta de matrimonio donde figuren los nombres de ambos cónyuges, lugar y fecha).
c) El matrimonio no es fraudulento (con pruebas como extractos de cuentas bancarias conjuntas, fotos, contrato de arrendamiento conjunto, etc.).
d) Cualquier matrimonio anterior de alguno de los cónyuges, si aplica, terminó oficialmente (con certificado de divorcio u otro documento equivalente).

El segundo es el formulario I-485 (Solicitud para registrar residencia permanente), que establece principalmente:

a) La nacionalidad del beneficiario (con documentos como acta de nacimiento, pasaporte, etc.).
b) La entrada legal previa a Estados Unidos (con documentos como el registro de viaje I-94, visa anterior, etc.).
c) El estado de salud actual, certificado por un médico aprobado por USCIS (con resultados de exámenes médicos).
d) La capacidad económica del cónyuge patrocinador para mantener al beneficiario (con pruebas como declaraciones de impuestos, talones de pago y el formulario I-864).

Nota: Para cónyuges de residentes permanentes, los tiempos de espera para presentar este formulario dependen de la disponibilidad de visas en la categoría F2A, según el boletín de visas del Departamento de Estado. Puede consultar con nuestra oficina para verificar si la F2A está actual o no.

Unas semanas después de enviar la solicitud de ajuste de estatus, USCIS emitirá un recibo confirmando que está en proceso. Este recibo permite permanecer legalmente en el país hasta que se tome una decisión final sobre la solicitud de residencia.

Unos meses después, el beneficiario recibirá un permiso de trabajo (documento de autorización de empleo), un permiso de viaje (advanced parole) y un número de seguro social (SSN), que le permitirán trabajar y viajar libremente. Alternativamente, USCIS podría emitir una Solicitud de Evidencia si necesita más documentación para continuar con el trámite.

Pasados unos meses más, llegará un aviso de cita para la entrevista de residencia. Tanto usted como su cónyuge deben asistir a la oficina local de USCIS. En la entrevista, un oficial de inmigración hará preguntas sobre la legitimidad del matrimonio, como la historia de la relación, actividades diarias y planes futuros, para asegurarse de que no sea un matrimonio con fines migratorios únicamente.

En Azadi Law nos aseguramos de que se sienta completamente preparado para su entrevista. Su abogado le proporcionará una copia de su expediente, una lista de documentos necesarios y programará un simulacro de entrevista con usted y su cónyuge, con ejemplos de preguntas frecuentes. Si lo desea, un abogado puede acompañarlos el día de la cita. Si necesita un intérprete, contamos con profesionales internos calificados para brindar este servicio en español y francés.

Después de una entrevista exitosa, recibirá una Tarjeta Verde de residencia condicional (CR-1), válida por 2 años. La tarjeta llegará por correo dentro de las 2 o 3 semanas posteriores a la entrevista. Solo se otorgará una Tarjeta Verde de residencia permanente (IR-1, válida por 10 años) si el matrimonio tiene al menos 2 años al momento de la entrevista.

90 días antes de que expire su residencia condicional, podrá presentar una solicitud de eliminación de condiciones (ver más abajo).

Procesamiento Consular

i está casado con un ciudadano estadounidense o con un residente permanente (titular de la Tarjeta Verde) y desea mudarse a Estados Unidos, pero actualmente vive en el extranjero (ya sea por razones personales o porque no tiene una visa o exención de visa para ingresar como turista, trabajador o estudiante), deberá solicitar la residencia permanente legal mediante un procesamiento consular.

El primer paso de este proceso es que su cónyuge (patrocinador) presente el formulario I-130 (Petición para un familiar extranjero) y pague la tarifa correspondiente. El objetivo de este formulario es establecer que:

a) El cónyuge solicitante es ciudadano o residente permanente estadounidense (con documentos de apoyo como acta de nacimiento, tarjeta verde, pasaporte válido, etc.).
b) Existe un matrimonio legalmente válido (con acta de matrimonio que muestre los nombres de ambos cónyuges, así como el lugar y la fecha).
c) El matrimonio no es fraudulento (con pruebas como cuentas bancarias conjuntas, fotos, contrato de arrendamiento conjunto, etc.).
d) Cualquier matrimonio anterior de los cónyuges, si aplica, se ha disuelto oficialmente (con certificado de divorcio).

La aprobación de esta solicitud puede tardar varios meses, dependiendo de la oficina que la procese. Una vez aprobada, el caso será transferido al Centro Nacional de Visas (NVC), que pedirá documentos adicionales, incluyendo el formulario DS-260 (solicitud de tarjeta verde en línea), pruebas de la capacidad económica del cónyuge patrocinador, documentos que acrediten su nacionalidad y un certificado de antecedentes penales, si corresponde.

Cuando se reciban estos documentos, el NVC decidirá si usted es elegible para una entrevista en la embajada o consulado estadounidense de su país de origen. En caso afirmativo, el caso será transferido a la embajada/consulado, y la cita para la entrevista puede tardar hasta 3 meses en asignarse.

En Azadi Law, nos aseguramos de que todos los solicitantes se sientan completamente preparados para su entrevista. Su abogado le proporcionará una copia de su expediente, una lista de los documentos necesarios y organizará un simulacro de entrevista con ejemplos de preguntas comunes. En el caso del procesamiento consular, su cónyuge no está obligado a asistir a la entrevista.

Después de una entrevista exitosa, recibirá un sello en su pasaporte que le permitirá viajar a Estados Unidos. Posteriormente, su abogado lo ayudará con el pago en línea de la tarifa de inmigración de USCIS, requisito indispensable para la emisión de la Tarjeta Verde física. Se recomienda realizar este pago antes de viajar. La tarjeta será enviada a su domicilio en EE. UU. o a nuestra oficina, según lo que resulte más conveniente, y normalmente llega dentro de las 2 a 3 semanas posteriores a su ingreso al país.

Eliminación de condiciones

Para convertir una Tarjeta Verde de 2 años en una Tarjeta Verde de 10 años, es necesario presentar una solicitud de eliminación de condiciones (I-751). Este proceso no es automático.

Algunas solicitudes de eliminación de condiciones son más sencillas que otras. Por ejemplo, si sigue casado y puede demostrar que el matrimonio es legítimo, la aprobación es muy probable e incluso, en muchos casos, no se requerirá entrevista.

Sin embargo, si se divorcia durante los primeros 2 años de residencia y desea permanecer en el país, el proceso puede ser más complicado. El caso no será rechazado únicamente por el hecho del divorcio, pero deberá informarlo en la petición y presentar pruebas más detalladas para demostrar que el matrimonio fue de buena fe. En estos casos, puede que se requiera una entrevista, a la cual podría citarse también al excónyuge.

Si el divorcio se debió a abuso físico o psicológico por parte de su cónyuge ciudadano estadounidense, es fundamental incluirlo en su solicitud de eliminación de condiciones, ya que este hecho puede influir favorablemente en la decisión.

En Azadi Law, nuestros abogados expertos cuentan con la experiencia necesaria para guiarlo en este proceso. Nos aseguraremos de que se sienta preparado para su entrevista, si se requiere. Si lo desea, un abogado también puede acompañarlo y representarlo el día de la cita.

Ciudadanía Futura

Si continúa casado con su cónyuge ciudadano estadounidense, por lo general será elegible para solicitar la ciudadanía tres años después de la fecha en que se emitió su Tarjeta Verde inicial de 2 años.

Si ya no está casado, pero se le otorgó una Tarjeta Verde de 10 años, lo más probable es que pueda solicitar la ciudadanía cinco años después de la fecha en que se emitió su Tarjeta Verde inicial de 2 años.

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Si está comprometido con un ciudadano estadounidense, puede obtener la residencia permanente legal (Tarjeta Verde) en Estados Unidos. Esto es muy beneficioso, ya que los residentes permanentes legales pueden vivir y trabajar en cualquier parte del país y, con el tiempo, serán elegibles para solicitar la ciudadanía estadounidense (generalmente después de un período de tres años, siempre que continúen casados).

A continuación, explicaremos con más detalle los siguientes procesos:

  • La visa de prometido (K-1).

  • El posterior ajuste de estatus (desde EE.UU.) una vez casados, para convertirse en residente permanente legal.

  • La eliminación de condiciones (convertir una Tarjeta Verde de 2 años en una Tarjeta Verde de 10 años).

  • La futura ciudadanía.

  • El impacto que un divorcio puede tener en el estatus de residencia.

Visa de prometido (K-1)

Si está comprometido pero aún no se ha casado con su pareja (quien debe ser ciudadano estadounidense) y desea venir a Estados Unidos a vivir con ella antes del matrimonio, puede solicitar una visa K-1. Es fundamental contratar a un abogado de inmigración calificado antes de iniciar este proceso, ya que es imprescindible que se complete correctamente tanto el trámite como la documentación.

Para que su solicitud de visa K-1 sea aprobada, deberá demostrar al USCIS y, posteriormente, al Centro Nacional de Visas, que la relación con su pareja es legítima y duradera. Generalmente, se exige evidencia de que usted y su prometido se han reunido en persona en algún momento durante los últimos dos años (aunque existen excepciones en casos de motivos religiosos, entre otros). Su abogado le aconsejará sobre la documentación adecuada para respaldar todo lo anterior.

Una vez enviada, procesada y aprobada su solicitud de visa K-1, se programará una entrevista en la embajada de Estados Unidos en su país de origen. Nuestra oficina se asegurará de que se sienta completamente seguro y preparado para este paso. Su abogado le proporcionará una copia de su expediente de visa, junto con ejemplos de preguntas habituales sobre su relación, y practicaremos con usted una entrevista de simulación para garantizar que llegue listo a la cita real.

Después de su entrevista, si resulta aprobada, se retendrá su pasaporte y se le devolverá unos días después con la visa K-1 estampada en él.

Con esta visa podrá ingresar a Estados Unidos como prometido, con la condición de casarse legalmente con su pareja dentro de los 90 días posteriores a su llegada al país. Si no se casa antes de ese plazo y no cumple con este requisito, no podrá solicitar la residencia a través de otro proceso; deberá salir del país o permanecer en situación ilegal en Estados Unidos.

Una vez casado, para convertir su estatus de inmigrante K-1 en estatus de residente permanente legal, deberá presentar una solicitud de ajuste de estatus. Siga leyendo para conocer más sobre esta opción.

Ajuste de estatus

Si la última vez que ingresó a Estados Unidos lo hizo de manera legal (con su visa K-1 válida) y ahora está casado con un ciudadano estadounidense, puede solicitar un ajuste de estatus para convertirse en residente permanente legal (titular de la Tarjeta Verde).

Una solicitud de ajuste de estatus requiere la presentación de dos formularios principales ante USCIS, por parte de su cónyuge ciudadano estadounidense. Ambos formularios tienen tasas gubernamentales adicionales (que se pagan aparte de los honorarios de su abogado).

El primer formulario es el I-130 (Petición de familiar extranjero). Su propósito es establecer que:

a) El cónyuge patrocinador es ciudadano estadounidense (documentos de apoyo incluyen copia de su acta de nacimiento, página de foto de su pasaporte de EE. UU., etc.).
b) El matrimonio es legalmente válido (documentos de apoyo incluyen un certificado de matrimonio con los nombres de ambos cónyuges, lugar y fecha del matrimonio).
c) El matrimonio no es fraudulento (documentos de apoyo incluyen estados de cuenta bancarios conjuntos, fotos, contrato de arrendamiento conjunto, etc.).
d) Cualquier matrimonio anterior de los cónyuges, si aplica, ha concluido oficialmente (documentos de apoyo incluyen certificado de divorcio).

El segundo formulario es el I-485 (Solicitud de registro de residencia permanente), que establece principalmente:

a) La nacionalidad del beneficiario (documentos de apoyo como acta de nacimiento, pasaporte, etc.).
b) La entrada legal previa a Estados Unidos (documentos de apoyo como el registro de viaje I-94, visa anterior, etc.).
c) Su estado de salud actual, certificado por un médico aprobado por USCIS (documentos de apoyo incluyen resultados de exámenes médicos).
d) La capacidad financiera del cónyuge patrocinador (documentos de apoyo como declaraciones de impuestos, talones de pago y el formulario I-864).

Unas semanas después de enviar la solicitud de ajuste de estatus, USCIS emitirá un recibo confirmando que está en trámite. Este recibo le permite permanecer legalmente en el país hasta que se tome una decisión oficial sobre su solicitud de residencia.

Unos meses después, podrá recibir un permiso de trabajo (documento de autorización de empleo), un permiso de viaje (libertad condicional anticipada) y un número de seguro social (SSN), que le permitirán trabajar y viajar libremente. Alternativamente, USCIS podría enviar a su cónyuge patrocinador una Solicitud de Evidencia, si se requiere información adicional.

Posteriormente, recibirá un aviso de cita para la entrevista de residencia. Tanto usted como su cónyuge deben asistir a esta entrevista en su oficina local de USCIS. Un oficial de inmigración le hará preguntas sobre la legitimidad de su matrimonio, como la historia de su relación, sus actividades diarias y sus planes futuros, para asegurarse de que el matrimonio no tenga únicamente fines migratorios.

En nuestra oficina nos aseguraremos de que se sientan completamente preparados para su entrevista. Su abogado le proporcionará una copia de su expediente, una lista de los documentos necesarios y ejemplos de preguntas frecuentes. También podrá practicar la entrevista con usted y su cónyuge. Si lo desea, un abogado puede acompañarlos el día de la cita. Si necesita un intérprete, Azadi Law cuenta con intérpretes internos calificados que pueden brindar este servicio a hispanohablantes.

Si son aprobados en la entrevista, recibirá una Tarjeta Verde de residencia condicional (CR-1), válida por 2 años. La tarjeta física llegará por correo normalmente dentro de 2 a 3 semanas después de la entrevista. Solo se otorgará una Tarjeta Verde de residencia permanente (IR1, válida por 10 años) si el matrimonio tiene al menos 2 años al momento de la entrevista.

90 días antes de que expire su residencia condicional, podrá presentar una solicitud de eliminación de condiciones para obtener la Tarjeta Verde de 10 años. Siga leyendo para conocer más sobre este proceso; estaremos encantados de ayudarle en cada paso.

Eliminación de Condiciones

Para convertir una Tarjeta Verde de 2 años en una Tarjeta Verde de 10 años, es necesario presentar una solicitud de Eliminación de Condiciones (formulario I-751). Este proceso no se aprueba de manera automática.

Algunas solicitudes de eliminación de condiciones son más sencillas que otras. Por ejemplo, si usted continúa casado y puede demostrar que su matrimonio es legítimo y no solo con fines migratorios, existe una alta probabilidad de aprobación. En muchos casos, incluso, ni siquiera se le pedirá asistir a una entrevista y su solicitud será aprobada directamente.

Sin embargo, si se ha divorciado dentro del período inicial de residencia condicional de 2 años y desea permanecer en el país, el proceso puede ser más complejo. Es importante aclarar que su caso no será rechazado únicamente por el hecho del divorcio. No obstante, deberá mencionarlo en su petición y aportar pruebas más detalladas y completas para demostrar que su matrimonio fue celebrado de buena fe (y no de manera fraudulenta). Si USCIS considera que no ha presentado pruebas suficientes, es posible que le soliciten a usted (y en algunos casos a su excónyuge) asistir a una entrevista.

Nota: si el divorcio se produjo debido a abuso físico o psicológico por parte de su cónyuge ciudadano estadounidense, debe indicarlo en su solicitud de Eliminación de Condiciones, ya que este hecho puede influir en el resultado de su caso.

En Azadi Law, nuestros abogados expertos cuentan con amplia experiencia y conocimiento para guiarlo durante este proceso. Nos aseguraremos de que se sienta completamente seguro y preparado en caso de que deba asistir a una entrevista. Si lo desea, un abogado también puede acompañarlo y representarlo el día de la cita.

Ciudadanía futura

Si continúa casado con su cónyuge ciudadano estadounidense, generalmente será elegible para solicitar la ciudadanía tres años después de la emisión de su Tarjeta Verde inicial de 2 años.

Si ya no está casado, pero se le otorgó una Tarjeta Verde de 10 años, lo más probable es que pueda solicitar la ciudadanía cinco años después de la emisión de su Tarjeta Verde inicial de 2 años.

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Si es hombre o mujer y puede demostrar que ha sido víctima de abuso físico, sexual o emocional por parte de su cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente legal (haya solicitado oficialmente el divorcio por este motivo o no), puede calificar para recibir ayuda en virtud de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer (VAWA).

Ciertas disposiciones de esta Ley ofrecen beneficios migratorios a cónyuges, padres o hijos que han sufrido abuso por parte de ciudadanos estadounidenses. Estas víctimas no tienen que depender de sus abusadores para obtener un estatus legal en Estados Unidos; en su lugar, pueden presentar una auto-petición ante USCIS para solicitar una Tarjeta Verde.

Para las víctimas cuyos cónyuges o ex cónyuges abusivos son residentes permanentes legales, una vez que dicho cónyuge se vuelva elegible para la ciudadanía, según VAWA, usted también podrá ser considerado oficialmente elegible. No dude en contactarnos para conocer más sobre este proceso y las opciones disponibles mientras espera que su abusador califique para el estatus de ciudadanía.

Condiciones principales para calificar a una Tarjeta Verde bajo VAWA:

  • Debe demostrar que su matrimonio con el cónyuge abusivo fue legítimo y no fraudulento (no celebrado únicamente con fines migratorios).

  • Debe haber convivido con su cónyuge abusivo en algún momento, aunque no se exige un periodo mínimo.

  • Debe demostrar buen carácter moral (por ejemplo, no tener antecedentes penales, no ser consumidor habitual de alcohol o drogas, ni practicar juegos de azar ilegales).

  • Debe residir actualmente en Estados Unidos, salvo que el abuso haya ocurrido en el país (y esto lo obligara a huir) o que su cónyuge abusivo sea empleado del gobierno o de las fuerzas armadas de EE. UU.

Es posible presentar una petición bajo VAWA incluso si su abusador ha perdido su residencia permanente o ciudadanía estadounidense. También es posible modificar una solicitud de residencia por matrimonio, cambiando de estatus a cónyuge abusado, hasta el día mismo de su entrevista para la Tarjeta Verde.

En Azadi Law, contamos con un conocimiento profundo y especializado del protocolo de VAWA, y le ofrecemos todo el apoyo, los servicios y la asesoría legal necesarios para guiarlo en este proceso.

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